REPRESENTADA POR EMPRESA COACH, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “COMPAÑIA”, Y POR OTRA PARTE “FERNANDA HIGUERA CESEÑA”, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EMPLEADA”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS :
DECLARACIONES
I.- DECLARA “COACH”
a) Ser una Sociedad Mercantil constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la Escritura No._III-0030____ ante la fe del Lic.RUBIO GONZALEZ VANESSA LINETTE, Notario Público No. _IV-0030_____de fecha_____30___ días del mes de____OCTUBRE_____ de ___2011_______ y estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes en la clave ___VBM936536___
b) Que su representante legal, cuenta con los poderes y facultades bastantes y suficientes para la celebración del presente contrato.
c) Que es su deseo celebrar el presente contrato de prestación de servicios con “__EDITORA__”, para efectos de que le proporcione los servicios especializados de personal temporal que requiere “LA EMPRESA COACH” en sus localidades.
DECLARACIONES
I.- DECLARA “COACH”
a) Ser una Sociedad Mercantil constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, según consta en la Escritura No._III-0030____ ante la fe del Lic.RUBIO GONZALEZ VANESSA LINETTE, Notario Público No. _IV-0030_____de fecha_____30___ días del mes de____OCTUBRE_____ de ___2011_______ y estar inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes en la clave ___VBM936536___
b) Que su representante legal, cuenta con los poderes y facultades bastantes y suficientes para la celebración del presente contrato.
c) Que es su deseo celebrar el presente contrato de prestación de servicios con “__EDITORA__”, para efectos de que le proporcione los servicios especializados de personal temporal que requiere “LA EMPRESA COACH” en sus localidades.
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DE CONTRATO.- “LA EMPRESA COACH” contrata con “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” para que ésta proporcione y quien acepta proporcionar, los servicios profesionales cuya intencionalidad fue manifestada en el inciso c) de la declaración I que antecede y a que se hace referencia en la Cláusula siguiente, en los términos, forma y condiciones que se establecen en el presente instrumento.
SEGUNDA.- DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS.- “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” conviene en proporcionar a “LA EMPRESA” los servicios de personal temporal o eventual que ésta requiera, previa solicitud de la misma, para satisfacer sus necesidades extraordinarias de trabajo, en el domicilio de “LA EMPRESA” o en el que la misma designe. Para tales efectos, ésta deberá proporcionar a “_LA EMPRESA COACH__” la información necesaria y los requisitos que debe tener el personal, para realizar adecuadamente las actividades laborales solicitadas durante el tiempo que le sea requerido.
TERCERA.- SUELDO Y PRESTACIONES.- “_COACH_” pagará a sus empleados que proporcionan los servicios a “LA EMPRESA” los sueldos y prestaciones correspondientes, así como los impuestos y derechos fiscales, laborales y sociales que conforme a las disposiciones legales les correspondan, los cuales constituyen un costo del servicio para “_EL EMPLEADO_”. Las erogaciones que realizará “_LA EMPRESA_” en favor de sus empleados, son las siguientes : Sueldos normales según tabulador, horas extras que ocasionalmente se laboren ; pagos adicionales al sueldo, 15 días de aguinaldo anual o parte proporcional ; 6 días de vacaciones por año o parte proporcional; 20 % de prima vacacional; en su caso, prima dominical; cuotas patronales al I.M.S.S. e INFONAVIT, SAR (2% sobre nóminas, así como todas aquellas prestaciones a las que, en su momento, quede sujeta “_EN LA LEY__” derivadas de la relación laboral.
CUARTA.- CONTRAPRESTACION DEL SERVICIO.- “LA EMPRESA” pagará a “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” como contraprestación del servicio contratado, una cantidad equivalente a la que resulte de sumar los conceptos enunciados en la Cláusula Tercera, adicionado a dicha cantidad un ___30%__ de comisión por administración de nómina. En el caso de que el personal que estuviera asignado a “LA EMPRESA” fuera contratado de planta en la misma, ésta le reconocería sus derechos adquiridos en “_TIEMPO DE ANTIGÜEDAD_”, quien cobrará un mes de sueldo del empleado, siempre y cuando el empleado haya sido reclutado por “_LA EMPRESA_”.
A efecto de hacer los pagos correspondientes, expedirá la NOMINA DE PAGO QUINCENAL, adicionado y desglosado el I.V.A. “LA EMPRESA COACH”, realizará el pago a ¨ FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” a la siguiente semana como máximo de que la factura haya sido presentada para su revisión.
QUINTA.- TERMINO DEL CONTRATO.- Ambas partes convienen en que el presente contrato regirá a partir de la fecha de su firma y hasta el día_10_. Asimismo, convienen en que el presentecontrato podrá darse por terminado con anticipación a la fecha anterior, en cualquier momento y sin responsabilidad alguna para la parte que lo de por terminado, previo aviso por escrito que se de a la otra parte, con por lo menos 30 días naturales de anticipación a la fecha en que se desee hacer efectiva la terminación.
En caso de que “_COACH_” tenga colocados más de 10 trabajadores en “LA EMPRESA”, se acordará entre ambas partes un calendario para retirar al personal en fechas distribuidas razonablemente dentro de un periodo máximo de 60 días naturales posteriores a la fecha de aviso de terminación.
SEXTA.- INFORMACION ADICIONAL.- Ambas partes convienen en que la información y documentos que sean proporcionados por “LA EMPRESA” a “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” o a sus empleados, o que cualquier forma sea obtenida por “_LA EMPRESA_”, en virtud de las prestaciones del servicio materia del presentecontrato son propiedad de “LA EMPRESA” y, por lo tanto quedan obligados a considerar su contenido como confidencial, estándole prohibido divulgarlo o publicarlo sin la previa autorización por escrito de “LA EMPRESA”.
SEPTIMA.- SUPERVISION Y VIGILANCIA DEL SERVICIO.- “LA EMPRESA” tendrá en todo tiempo el derecho de supervisar y vigilar los servicios prestados por “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _”, y también podrá sugerir por escrito las instrucciones y comentarios que estime convenientes, relacionadas con los servicios objeto del presente contrato.
OCTAVA.- MODIFICACION AL CONTRATO.- Ambas partes convienen en que, cualquier modificación a las disposiciones pactadas en éste documento se harán por escrito y se anexarán al mismo para que obren como parte integrante del presente instrumento. “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” acepta que no podrá ceder, traspasar o enajenar este contrato sin la autorización escrita de “LA EMPRESA”.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL PRECIO DEL SERVICIO.- “_NEGOCIACION DEL CINDICATO_” deberá notificar por escrito y negociar con “LA EMPRESA” las modificaciones del costo del servicio que se le presenten, por cambios al salario mínimo, impuestos u otras prestaciones laborales que imponga el Gobierno Federal, o que se adicionen a la Ley Federal del Trabajo y/o a cualquier otro ordenamiento jurídico de carácter laboral.
DECIMA.- CALIDAD DEL SERVICIO.- “_LA EDITORA_” conviene en cumplir con los requisitos de calidad del servicio que “LA EMPRESA” le solicite durante el desarrollo de las actividades objeto del presente contrato.
DECIMA PRIMERA.- RESCISION Y TERMINACION.- Será causa de rescisión del presente contrato el incumplimiento de cualquiera de las partes a las obligaciones que asumen conforme a este documento. Si “LA EMPRESA” decidiera rescindir el contrato a “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” por incumplimiento de alguna cláusula, debería previamente notificarlo para que en un término de 15 días “_JUSTIFIQUE_” restituya la falta. Si pasado el lapso no se ha corregido el incumplimiento, el contrato se rescindirá.
“_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” reconoce que, para efectos del objeto del presente contrato, no existe ningún elemento de subordinación entre “LA EMPRESA” y el personal que contrate o tenga contratado “__AMBOS__”, la cual obliga a mantener a “LA EMPRESA” en paz y a salvo de cualquier reclamación que pudiere surgir con motivo de conflictos o responsabilidades de carácter laboral con el personal proporcionado por “_LA LEY LABORAL_”.
“_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” conviene en aceptar ser la única obligada y responsable para cumplir con todas las responsabilidades que deriven a cargo de los patrones en los términos de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social y de cualquier otra disposición Federal, Estatal o Municipal, aplicable en relación al personal que se contrate para la prestación del servicio establecido en este contrato.
En caso de despido directo aplicado a los trabajadores por “LA EMPRESA y si n intervención de _LOS DEMAS__, quedará sin efecto lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.
DECIMA SEGUNDA.- INTERPRETACION Y JURISDICCION.- Ambas partes convienen en que, en relación a todo lo no previsto en el presente contrato, se ajustará a lo dispuesto en lo dispuesto en los artículos 2606 al 2615 y demás aplicables del Código Civil vigente para el Distrito Federal y los aplicables para el Estado. de México, como disposición legal aplicable supletoria de la voluntad de las partes contratantes. Para su interpretación y cumplimiento, en caso de ser necesario, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Fuero Común del Distrito Federal y Estado de México, renunciando a cualquier otro u otros que en razón de su domicilio, vecindad o cualquier otra causa tuvieren o llegaren a adquirir.
PRIMERA.- OBJETO DE CONTRATO.- “LA EMPRESA COACH” contrata con “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” para que ésta proporcione y quien acepta proporcionar, los servicios profesionales cuya intencionalidad fue manifestada en el inciso c) de la declaración I que antecede y a que se hace referencia en la Cláusula siguiente, en los términos, forma y condiciones que se establecen en el presente instrumento.
SEGUNDA.- DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS.- “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” conviene en proporcionar a “LA EMPRESA” los servicios de personal temporal o eventual que ésta requiera, previa solicitud de la misma, para satisfacer sus necesidades extraordinarias de trabajo, en el domicilio de “LA EMPRESA” o en el que la misma designe. Para tales efectos, ésta deberá proporcionar a “_LA EMPRESA COACH__” la información necesaria y los requisitos que debe tener el personal, para realizar adecuadamente las actividades laborales solicitadas durante el tiempo que le sea requerido.
TERCERA.- SUELDO Y PRESTACIONES.- “_COACH_” pagará a sus empleados que proporcionan los servicios a “LA EMPRESA” los sueldos y prestaciones correspondientes, así como los impuestos y derechos fiscales, laborales y sociales que conforme a las disposiciones legales les correspondan, los cuales constituyen un costo del servicio para “_EL EMPLEADO_”. Las erogaciones que realizará “_LA EMPRESA_” en favor de sus empleados, son las siguientes : Sueldos normales según tabulador, horas extras que ocasionalmente se laboren ; pagos adicionales al sueldo, 15 días de aguinaldo anual o parte proporcional ; 6 días de vacaciones por año o parte proporcional; 20 % de prima vacacional; en su caso, prima dominical; cuotas patronales al I.M.S.S. e INFONAVIT, SAR (2% sobre nóminas, así como todas aquellas prestaciones a las que, en su momento, quede sujeta “_EN LA LEY__” derivadas de la relación laboral.
CUARTA.- CONTRAPRESTACION DEL SERVICIO.- “LA EMPRESA” pagará a “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” como contraprestación del servicio contratado, una cantidad equivalente a la que resulte de sumar los conceptos enunciados en la Cláusula Tercera, adicionado a dicha cantidad un ___30%__ de comisión por administración de nómina. En el caso de que el personal que estuviera asignado a “LA EMPRESA” fuera contratado de planta en la misma, ésta le reconocería sus derechos adquiridos en “_TIEMPO DE ANTIGÜEDAD_”, quien cobrará un mes de sueldo del empleado, siempre y cuando el empleado haya sido reclutado por “_LA EMPRESA_”.
A efecto de hacer los pagos correspondientes, expedirá la NOMINA DE PAGO QUINCENAL, adicionado y desglosado el I.V.A. “LA EMPRESA COACH”, realizará el pago a ¨ FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” a la siguiente semana como máximo de que la factura haya sido presentada para su revisión.
QUINTA.- TERMINO DEL CONTRATO.- Ambas partes convienen en que el presente contrato regirá a partir de la fecha de su firma y hasta el día_10_. Asimismo, convienen en que el presentecontrato podrá darse por terminado con anticipación a la fecha anterior, en cualquier momento y sin responsabilidad alguna para la parte que lo de por terminado, previo aviso por escrito que se de a la otra parte, con por lo menos 30 días naturales de anticipación a la fecha en que se desee hacer efectiva la terminación.
En caso de que “_COACH_” tenga colocados más de 10 trabajadores en “LA EMPRESA”, se acordará entre ambas partes un calendario para retirar al personal en fechas distribuidas razonablemente dentro de un periodo máximo de 60 días naturales posteriores a la fecha de aviso de terminación.
SEXTA.- INFORMACION ADICIONAL.- Ambas partes convienen en que la información y documentos que sean proporcionados por “LA EMPRESA” a “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” o a sus empleados, o que cualquier forma sea obtenida por “_LA EMPRESA_”, en virtud de las prestaciones del servicio materia del presentecontrato son propiedad de “LA EMPRESA” y, por lo tanto quedan obligados a considerar su contenido como confidencial, estándole prohibido divulgarlo o publicarlo sin la previa autorización por escrito de “LA EMPRESA”.
SEPTIMA.- SUPERVISION Y VIGILANCIA DEL SERVICIO.- “LA EMPRESA” tendrá en todo tiempo el derecho de supervisar y vigilar los servicios prestados por “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _”, y también podrá sugerir por escrito las instrucciones y comentarios que estime convenientes, relacionadas con los servicios objeto del presente contrato.
OCTAVA.- MODIFICACION AL CONTRATO.- Ambas partes convienen en que, cualquier modificación a las disposiciones pactadas en éste documento se harán por escrito y se anexarán al mismo para que obren como parte integrante del presente instrumento. “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” acepta que no podrá ceder, traspasar o enajenar este contrato sin la autorización escrita de “LA EMPRESA”.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL PRECIO DEL SERVICIO.- “_NEGOCIACION DEL CINDICATO_” deberá notificar por escrito y negociar con “LA EMPRESA” las modificaciones del costo del servicio que se le presenten, por cambios al salario mínimo, impuestos u otras prestaciones laborales que imponga el Gobierno Federal, o que se adicionen a la Ley Federal del Trabajo y/o a cualquier otro ordenamiento jurídico de carácter laboral.
DECIMA.- CALIDAD DEL SERVICIO.- “_LA EDITORA_” conviene en cumplir con los requisitos de calidad del servicio que “LA EMPRESA” le solicite durante el desarrollo de las actividades objeto del presente contrato.
DECIMA PRIMERA.- RESCISION Y TERMINACION.- Será causa de rescisión del presente contrato el incumplimiento de cualquiera de las partes a las obligaciones que asumen conforme a este documento. Si “LA EMPRESA” decidiera rescindir el contrato a “_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” por incumplimiento de alguna cláusula, debería previamente notificarlo para que en un término de 15 días “_JUSTIFIQUE_” restituya la falta. Si pasado el lapso no se ha corregido el incumplimiento, el contrato se rescindirá.
“_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” reconoce que, para efectos del objeto del presente contrato, no existe ningún elemento de subordinación entre “LA EMPRESA” y el personal que contrate o tenga contratado “__AMBOS__”, la cual obliga a mantener a “LA EMPRESA” en paz y a salvo de cualquier reclamación que pudiere surgir con motivo de conflictos o responsabilidades de carácter laboral con el personal proporcionado por “_LA LEY LABORAL_”.
“_FERNANDA HIGUERA CESEÑA _” conviene en aceptar ser la única obligada y responsable para cumplir con todas las responsabilidades que deriven a cargo de los patrones en los términos de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social y de cualquier otra disposición Federal, Estatal o Municipal, aplicable en relación al personal que se contrate para la prestación del servicio establecido en este contrato.
En caso de despido directo aplicado a los trabajadores por “LA EMPRESA y si n intervención de _LOS DEMAS__, quedará sin efecto lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.
DECIMA SEGUNDA.- INTERPRETACION Y JURISDICCION.- Ambas partes convienen en que, en relación a todo lo no previsto en el presente contrato, se ajustará a lo dispuesto en lo dispuesto en los artículos 2606 al 2615 y demás aplicables del Código Civil vigente para el Distrito Federal y los aplicables para el Estado. de México, como disposición legal aplicable supletoria de la voluntad de las partes contratantes. Para su interpretación y cumplimiento, en caso de ser necesario, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Fuero Común del Distrito Federal y Estado de México, renunciando a cualquier otro u otros que en razón de su domicilio, vecindad o cualquier otra causa tuvieren o llegaren a adquirir.
Leído que fue el presente contrato por las partes y enteradas plenamente de su contenido y efectos legales, ambas partes lo firman por triplicado de conformidad al calce del presente y al margen en las anteriores, en la Ciudad de México, Distrito Federal el día __30/OCT/2011___________
El contrato de prestación de servicios temporales es realizado entre___________________ como cliente y “__________________”, S.A. DE C.V., como Proveedor.
. _____________________, S.A. DE C.V.
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